No se podrá conceder licencias, aunque se recurra

Las consecuencias de la nulidad del Plan General de Ordenamiento Urbano (PGOU) de Hondarribia son muy graves. Sí, se puede recurrir, pero la jurisprudencia no deja apenas recorrido para ese recurso.

Y más importante, recurrir no paralizaría las consecuencias de la sentencia. Aunque los tribunales admitieran a trámite el recurso, el Ayuntamiento no podría conceder ninguna licencia amparada por el PGOU anulado. Queda claro en El Consultor de los Ayuntamientos, herramienta online para que los consistorios resuelvas sus dudas jurídicas, a la que se suma más doctrina.

En la parte en la que explica las consecuencias de la nulidad del instrumento general de planeamiento urbanístico por sentencia judicial, lo deja bien claro: A pesar de recurrir, se anulan las decisiones que sean contrarias a la sentencia, ya que se desarrolló una doctrina precisamente para evitar que los ayuntamientos hicieran trampa. Así lo explica:

“La dilación en el tiempo de la ejecución de las sentencias de nulidad de los planes generales dictadas por los Tribunales Superiores de Justicia que implicaba el recurso de casación, con su efecto suspensivo, hizo que se desarrollara una doctrina por parte del Tribunal Supremo que evita que las decisiones del Tribunal de instancia queden en papel mojado hasta que resuelva el Tribunal Supremo. Lo que pretenden los tribunales con la aplicación de esta doctrina es evitar que se otorguen licencias o se aprueben planes de desarrollo que dejen vacía de contenido la ejecución de una sentencia de nulidad de un plan general.

Por eso, pedimos al gobierno municipal que no agrandé más la herida y que se reúna con el resto de grupos municipales para sentar las bases de un nuevo plan general basado en la participación y en el acuerdo. Las consecuencia de la nulidad del PGOU son terribles, pero lo sería mucho más no acatar la sentencia e intentar tomar atajos.

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